Organismo electoral rechazó pedido de queja por defecto de trámite presentado por Arturo Fernández
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el pedido de queja por defecto de trámite presentado por el alcalde de Trujillo, César Arturo Fernández Bazán, contra el pleno de regidores de la comuna provincial, quienes en sesión de concejo extraordinaria ratificaron por unanimidad la decisión de suspenderlo en el cargo por registrar sentencia en segunda instancia por delito doloso.
Con dicha decisión, el máximo ente electoral declara a su vez válida dicha sesión de concejo y los actos realizados el lunes 20 de noviembre.
Arturo Fernández solicitó que no se tome en cuenta el acta de la sesión extraordinaria del 20 de noviembre de 2023, aduciendo que los regidores se autoconvocaron, pues él ya la había postergado, debido a que se obvió notificar a la adherente el Acuerdo de Concejo N.° 79-2023-MPT, del 4 de octubre de 2023, que denegó su petición de adhesión a las solicitudes de suspensión resueltas con dicho acuerdo.
Sin embargo, el JNE aseguró que los regidores sesionaron el lunes 20 de noviembre, según la misma convocatoria realizada por el mismo alcalde para dicho día, por lo que se descarta la autoconvocatoria.
Precisó, además, que para la postergación de una sesión, la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que se puede hacer cuando sea solicitado por dos tercios del número legal de regidores y se efectúe por una sola vez, y por no menos de 3 ni más de 5 días hábiles, norma que el burgomaestre no cumplió.
Sobre el argumento de la no notificación a la ciudadana, el máximo ente electoral asegura que es la misma autoridad administrativa quien debió hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la decisión tomada en aquella sesión de concejo.
“No se puede afectar el derecho de los solicitantes de la suspensión alegando actos de omisión en los que incurrió la propia autoridad administrativa”, afirma en la resolución.
Cumpla la norma
El Jurado Nacional de Elecciones exhortó al alcalde Arturo Fernández para que, en lo sucesivo, cumpla con observar las normas y procedimientos establecidos en la LOM, en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y en la normativa vigente aplicable a los procedimientos de declaratoria de suspensión.
Ahora se espera que el JNE resuelva si decide confirmar la decisión del concejo provincial y quitar las credenciales a Arturo Fernández como alcalde de Trujillo de forma temporal, y se las entregue a Mario Reyna, el primer regidor, para que se convierta en la nueva autoridad edil.
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